Doña Basilia Puertas Medina, Procurador de los Tribunales,
en la representación de D. Juan García Sentandreu
y de la formación política Coalicio Valenciana,
representación que serán otorgados apud acta
previa citación del Secretario judicial, ante el
Juzgado comparezco y como mejor proceda en derecho, DIGO:Que
en la representación con que comparezco, siguiendo
las expresas instrucciones de mi mandante, por medio del
presente escrito formulo querella criminal al amparo de
lo dispuesto en los artículos 270 y siguientes de
la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por el delito de calumnias
e injurias previsto y penado en el art. 205 y siguientes
del Código Penal contra el Decano de la Facultad
de Derecho, D. Carlos Luis Alfonso Mellado, a cuyo efecto,
dando cumplimiento a lo que determina el artículo
277 y concordantes de dicha Ley, hago constar lo siguiente:
Primero.- Se presenta ante este Juzgado por ser el competente
para la instrucción del sumario a tenor del artículo
272 de la referida Ley, al haber ocurrido los hechos dentro
de este partido.
Segundo.- Mi principal, el querellante, actúa en
su propio nombre y en representación del partido
político Coalicio Valenciana, siendo su profesión
la de abogado, vecino de Valencia, con domicilio en la Avda.
Jacinto Benavente, 27-7 de Valencia.
Tercero.- El querellado se llama Carlos Luis Alfonso Mellado,
Decano de la Facultad de Derecho y con domicilio a los efectos
de notificación en la sede de la propia institución
sita Valencia, Campus dels Tarongers – Edificio Departamental
Occidental – Av. Tarongers, s/n.
Cuarto.- Los hechos que motivan la querella son los siguientes:
Que en fecha 19 de abril de 2006 José Manuel Vidagany
Peláez en calidad de presidente de la asociación
estudiantil Renovación Universitaria solicitó
le fuera concedido el salón de Grados de la Facultad
de Derecho de la Universidad de Valencia para la celebración
de una charla-coloquio bajo el título “La Universidad
de Valencia y su evolución en el Reino de Valencia”,
habiendo certificado la no coincidencia con otro acto en
ese mismo día y reservado provisionalmente en la
secretaría de Decano el uso de dicho espacio universitario,
tal y como es práctica habitual en la Facultad de
Derecho.
Que con fecha 20 de abril de 2006, recibido por esta parte
el día 25 de abril, el Decano de la Facultad de Derecho
solicitó al organizador la concreción de una
serie de aspectos, entre los que cabe destacar por su importancia
posterior, la concreción de “las intervenciones
previstas a fecha de hoy, sin perjuicio de que incidencias
posteriores puedan llevarle a comunicarnos cambios en las
mismas”.
Que con fecha 25 de abril de 2006, presentada por registro
de entrada el día 27 de abril, se contestó
a dicho requerimiento, y especialmente en cuanto a las personas
que iban a participar, del tenor literal siguiente DOC.
N.º DOS:
“Que al acto se pretenden invitar a personas que han
estado vinculadas con la Universidad de Valencia, estando
previsto la participación 3 o 4 personas, pero en
especial se enfoca como una charla-coloquio eminentemente
abierta a la participación de los asistentes.
En cualquier caso, e independientemente de las otras gestiones
que se irán concretando una vez esté autorizada
la charla-coloquio, a fecha de hoy están confirmadas:
1. José Manuel Vidagany Peláez (Licenciado
en Derecho; Presidente de Renovación Universitaria;
Miembro claustral durante cuatro años).
2. José Manuel Bou Blanc (Licenciado en Derecho;
ha ostentado varios cargos de representación estudiantil
en la Universidad de Valencia y en la Facultad de Derecho,
entre ellos, Secretario del ADR de la Facultad de Derecho)”.
Que sorprendentemente con fecha 2 de mayo de 2006, recibida
por organizadores el día 8 de mayo y que se aporta
como DOC. N.º TRES, se resolvió no acceder a la solicitud
del interesado por entender que “sigue sin concretar
quien participará en concreto en el citado acto,
limitándose a decir que se concretará en gestiones
posteriores y a dar dos nombres de licenciados en Derecho”,
aunque indicaba en el Motivo Quinto que “en estas
condiciones en improcedente acceder a la solicitud sin perjuicio
de replantear esta decisión si se concretasen los
participantes en el acto y su vinculación con el
objeto pretendido en el mismo”.
Que los organizadores, no coincidiendo con los argumentos
expresados, presentaron en fecha 8 de mayo de 2006 un nuevo
escrito y que se aporta como DOC. N.º CUATRO, en el que
manifestaban quienes iban a ser los ponentes de la charla-coloquio,
fijando su curriculo y meritos personales para participar
en la misma, y además, señalando directamente
que “no va a participar como ponente de la charla-coloquio
ninguna persona más”.
Que ante el retraso de las comunicaciones remitidas por
el Decano de la Facultad de Derecho, en ese escrito de fecha
8 de mayo de 2006 y considerando que estaba totalmente subsanados
los errores y deficiencias detectadas, se indicaba que “habiendo
cumplido íntegramente con lo solicitado en el Motivo
5º del citado escrito, informamos al Sr. Decano de la Facultad
de Derecho que se va a proceder a anunciar el acto previsto
para el próximo día 23 de mayo a las 12:30
horas en los centros universitarios, en el bien entendido
de que si finalmente no fuera autorizado, se informará
y desconvocará en su momento oportuno”.
Que en fecha 11 de mayo de 2006, recibida por los organizadores
el día 18 de mayo, el Decano de la Facultad de Derecho
declara improcedente la subsanación no accediendo
a la realización de la charla-coloquio, tal y como
se constata del DOC. Nº CINCO.
Que en fecha 18 de mayo de 2006 los organizadores remiten
una carta certificada al Decano de la Facultad de Derecho
trasladándole su oposición a los argumentos
esgrimidos para impedir la charla-coloquio, aunque le informan
de la desconvocatoria oficial de la misma y que se procederá
a la fijación de publicidad en las instalaciones
universitarias para dar a conocer este hecho, tal y como
se constata del DOC. Nº SEIS.
Que la charla-coloquio había sido organizada por
la referida asociación estudiantil y contando con
la colaboración de Coalicio Valenciana, partido político
que con el fin de obtener una importante asistencia de personas
remitió una carta a sus afiliados de la ciudad de
Valencia informando del acto y pidiendo la máxima
participación, algo que es práctica habitual
en todas las conferencias, charlas e implantaciones que
desde Coalicio Valenciana se convocan y manifestando a los
afiliados la presencia del Presidente de la formación,
Juan García Sentandreu que, como estaba previsto,
participaría en el coloquio tras la charla de los
ponentes.
Que habiendo tenido conocimiento el jueves 18 de mayo de
2006 de la no autorización de la charla-coloquio,
y estando programado el acto para el martes 23 de mayo a
las 12:30 horas, desde Coalicio Valenciana se intentó
llamar telefónicamente al mayor número de
afiliados para informarles de la desconvocatoria.
A pesar de todo ello, el día 23 de mayo entorno a
las 11:50 horas el presidente de Coalicio Valenciana, Juan
García Sentandreu, recibe una llamada telefónica
desde su partido informándole que entorno a medio
centenar de personas se habían desplazado hasta el
edificio departamental de la Facultad de Derecho para participar
en la charla-coloquio y que estaban totalmente desorientadas
por lo que ocurría.
Que Juan García Sentandreu, junto con el presidente
de la asociación estudiantil convocante, se personaron
a las 12:15 horas en el hall del edificio departamental
de la Facultad de Derecho para informar a los allí
congregados de la no realización de la charla-coloquio,
donde habían sobre unas 150-200 personas.
Tras ese instante y situandose esas personas en un lateral
de espera del hall del edificio, el querellante informó
en no mas de 20 segundos de que el decano había prohibido
el acto y que por la inmediatez de haber recibido el jueves
pasado (18) la denegación no se ha podido desconvocar
por correo (de jueves a lunes).
Mientras que Juan García Sentandreu en menos de 20
segundos informaba a los allí personados y les instaba
a abandonar las instalaciones y que se marchasen a casa,
el querellado interrumpió este brevísimo comentario
señalando que era el Decano de la Facultad de Derecho
y que no estando la conferencia autorizada, se querellaría
contra quien permaneciera en el edificio departamental,
además de llamar a la policía nacional para
que fueran desalojados.
Debemos resaltar que hasta ese momento no se había
producido incidente alguno, y las personas que habían
asistido erróneamente eran en su mayoría de
edad avanzada como se puede observar de las fotografía
que se acompañan como DOC. SIETE, y que corresponde
a un CD con todas las fotografías (100 unidades que
componen todo el reportaje fotográfico de todos los
hechos) obtenidas por Coalicio Valenciana.
Ante esa intervención del querellado, que debemos
circunscribir fuera de toda lógica y prudencia, un
grupo reducidísimo de personas le increpó
verbalmente con gritos de “fora”, “catalanista”
o “probatasuno”, “vest´n a Catalunya”,
mientras que la inmensa mayoría de los allí
personados abandonaron las instalaciones del edificio departamental
de la Facultad de Derecho de forma pacífica y detrás
del presidente de Coalicio Valenciana, cuestión que
como se podrá observar de la prueba fotográfica
aportada sucedió en escasos minutos.
Que, algunas personas, supuestamente del equipo decanal
o miembros de la Facultad de Derecho que habían acudido
con el Decano, respondieron a ese grupo reducido de personas
increpándoles con amenazas e insultos varios, como
se desprende de las imágenes fotográficas.
Que unos minutos más tarde, y estando Juan García
Sentandreu con el resto de las personas que habían
asistido a la charla-coloquio en calle exterior del edificio,
como se evidencia de la prueba documental fotográfica,
acudieron varias dotaciones de la policía nacional,
sin que en ningún momento se produjera incidente
alguno, detención o intervención policial,
ya que como hemos señalado previamente, la mayoría
de los asistentes eran personas de avanzada edad, muy vinculadas
al valencianismo y que tienen un horario y disponibilidad
amplio, ya que la charla-coloquio era a las 12.30 horas.
Por esa razón, solicitamos en este momento se acuerde
remitir atento oficio a la policía nacional de Valencia
a los efectos de que remitan informe de atestado sobre su
actuación el pasado 23 de mayo a las 12:30 horas
en el edificio departamental de la Facultad de Derecho de
Valencia.
En resumen, debemos indicar y concretar varias cuestiones
que son importantes a la hora de adentrarnos en el delito
de injurias y calumnias denunciado por esta parte:
a. Que la mayor parte de las personas que asistieron erróneamente
a la charla-coloquio, por la imposibilidad de desconvocarlos,
eran de avanzada edad.
b. Que no se produjo incidente ni agresión alguna,
mucho menos intervención represiva de la policía
nacional.
c. Que todas estas personas se encontraban en el hall del
edificio departamental de la Facultad de Derecho, un lugar
de libre acceso, donde no están las aulas de estudiantes
y donde no se produjo incidente o desperfecto alguno, a
pesar de que estamos hablando de cerca de 200 personas.
d. Que la intervención de Juan García Sentandreu
fue de escasos 20 segundos para informar de la no autorización
de la charla-coloquio, abandonando inmediatamente las instalaciones
universitarias.
Que el Decano de la Facultad de Derecho a partir de ese
momento comenzó una frenética carrera haciendo
falsas declaraciones e imputaciones de hechos manifiestamente
falsos, calumniosos e injuriosos, por sí o por medio
de una supuesta NOTA DE PRENSA DE LA FACULTAD DE DERECHO,
indicando lo siguiente:
Noticia aparecida en el Levante EMV el día 24 de
mayo de 2006. DOC. N.º OCHO:
a. “Que entre 40 o 50 jóvenes con pasamontañas
y encapuchados, arrollaron a los guardias de seguridad y
entraron en el edificio, de forma violenta”.
b. Varios individuos, calificados por la Universitat de
“extrema derecha”.
Noticia aparecida en Las Provincias el día 24 de
mayo de 2006. DOC. N.º NUEVE:
a. La Universidad de Valencia presentará una denuncia
por el “asalto” a sus instalaciones, que tuvo
lugar ayer en la planta baja de la Facultad de Derecho,
protagonizado, según la versión de la institución,
“por un centenar de personas de extrema derecha convocadas
por Coalicio Valenciana”.
b. Indicó el Decano que “denegó el permiso
para una charla porque los alumnos se negaron a proporcionar
el nombre de las personas que intervendrían”.c.
Alfonso relató que, “A las 12:30 horas han
llegado entre 40 y 50 jóvenes, con pasamontañas
y encapuchados, gritando por la calle; han arrollado a los
guardias de seguridad y han entrado en el edificio, de forma
violenta”.
d. Según Alfonso, “García Sentandreu
ha intentado celebrar su conferencia en el recibidor de
la Facultad, por lo que se le ha solicitado que salieran”.e.
Una vez avisada la Policía, “el grupo de enmascarados,
que ha agredido a una funcionaria, ha huido al ver a los
agentes”.
Noticia aparecida en El Mundo el día 24 de mayo de
2006. DOC. N.º DIEZ:
a. “Militantes de CV asaltan la Facultad de Derecho
e intentan agredir al decano”.
b. Carlos Alfonso, interrumpió la oratoria y recordó
a los asistentes que el acto era ilegal. “Reiteré
en diversas ocasiones la prohibición de la conferencia
y, ante la ignorancia del presidente de CV, amenacé
con tomar medidas legales”.
c. Sentandreu invitó a sus afiliados a abandonar
el inmueble y “los encapuchados salieron al campus”,
explicó el decano.En definitiva, nos encontramos
ante unas gravísimas acusaciones donde se acusa a
Juan García Sentandreu y a la formación política
Coalicio Valenciana de participar o ser el instigador de
un “asalto” a la Facultad de Derecho, asistiendo
acompañado de “encapuchados” o personas
que portaban “pasamontañas” y de convocar
un centenar de personas de extrema derecha, todos ellos
argumentos falsos y tendenciosos que entran dentro del tipo
delictivo recogido en el artículo 205 ss del Código
Penal como calumnia y del artículo 208 ss en su condición
de injurias graves con publicidad, ya que las mismas se
han propagado por medio de la imprenta y radiodifusión.
Quinto.- Como diligencias a practicar señalamos las
siguientes:
a.- Declaración del querellado D. Carlos Luis Alfonso
Mellado, Decano de la Facultad de Derecho y con domicilio
a los efectos de notificación en la sede de la propia
institución sita Valencia, Campus dels Tarongers
– Edificio Departamental Occidental – Av. Tarongers,
s/n.
En su presencia se pedirá la ratificación
de la nota de prensa decanal a la que se refieren los medios
de comunicación y en la que se hacen las valoraciones
políticas y gravísimas imputaciones a D. Juan
García Sentandreu y a Coalición Valenciana
y se le exibirán la totalidades de los documentos
fotográficos adjuntos con el fín de que confirme
la realidad de los mismos.
b.- Que se requiera a la Facultad de Derecho, sita Valencia,
Campus dels Tarongers – Edificio Departamental Occidental
– Av. Tarongers, s/n. en la persona de su decano para
que remita a esta actuaciones la nota de prensa emitida
por la misma ayer, con especial precisión del autor
o autores de la Nota y si la misma fue aprobada por la Junta
de Centro y, en su caso, la relación nominal de los
miembros asistentes a la misma.
c.- Que se requiera a el periódico LEVANTE EMV, calle
Traginers del polígono Industrial Vara de Quart de
Valencia, en la persona de su director D. Pedro Muelas para
que por el fotografo desplazado a los hechos, D. Manuel
Molines aporte copia del reportaje fotográfico obtenido
el día de los hechos.
d.- Declaración de los policías nacionales
actuantes en los acontecimientos producidos en el díua
de ayer, 23 de Mayo, en la facultad de derecho de valencia,
que serán citados como en derecho proceda.
e.- Que se requiera a la Policía Nacional como en
derecho proceda para que aporten el atestado o informe policial
levantado al efecto sobre los referidos acontecimientos.
f.- Que se requiera a los siguientes medios de comunicación
para que aporten a estas actuaciones la nota de prensa de
la facultad de derecho recibida en cada una de sus delegaciones.
1.- LAS PROVINCIAS, calle Gremis 1, del polígono
Industrial Vara de Quart de Valencia 46014.
2.- LEVANTE EMV, calle Traginers 7, del polígono
Industrial Vara de Quart de Valencia 46014.
3.- EL MUNDO Valencia, calle Eduardo Boscá 33, Valencia
46023.
Por lo expuesto,
SUPLICO AL JUZGADO que tenga por presentado este escrito
y documentos que lo acompañan, me tenga por parte
en la representación con que comparezco, se admita
y ordene la práctica de las diligencias que se interesan
en el apartado quinto de este escrito, disponiendo se proceda
al procesamiento del querellado, y que se me dé vista
e intervención en las diligencias que se practiquen
en lo sucesivo.
Es Justicia que pido en Valencia a veinticuatro de mayo
de 2006.
Ltdo.:Jose Manuel Vidagany Pelaez
Col. 11348
Proc.: Basilia Puertas Medina
Col. 183